Ley de Obediencia Debida (ley Nš 23521)

La ley de Punto Final, aprobada a fines de 1986 para cerrar el ciclo de denuncias contra militares y fuerzas de seguridad por la represión ilegal, fue seguida por el procesamiento de medio millar de militares.

Sucesivos y velados planteos militares desembocaron en la rebelión de oficiales que se presentaron públicamente con el rostro embetunado, los "carapintada", en la Semana Santa de 1987.

La rebelión se zanjó con un acuerdo entre el presidente Raúl Alfonsín y el líder visible de los rebeldes, el teniente coronel Aldo Rico, del Ejército.

Semanas después, el gobierno Alfonsín promovió la Ley de Obediencia Debida, una norma que dejaba a salvo de responsabilidades penales en la represión ilegal a militares de rango intermedio y menor, y desprocesaba a la gran mayoría de oficiales y suboficiales ya acusados de actuar por órdenes superiores.

El capitán naval Alfredo Astiz figuró entre los beneficiados por la Ley de Obediencia Debida, promulgada por el Ejecutivo en junio de 1987.

La ley dejaba impunes a oficiales jefes, oficiales subalternos, suboficiales y personal de tropa de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales y penitenciarias por la aplicación del principio de la obediencia debida.

Los legisladores, como en el caso del Punto Final, excluía a los delitos de violación, sustracción y ocultación de menores o sustitución de su estado civil y apropiación extorsiva de inmuebles. (Télam)

Fuente: Telam